¿Quiere dejar de preocuparse por estar renovando su residencia permanente cada diez años? ¿Quiere ayudar a algún miembro de su familia a inmigrar a Estados Unidos? ¿Quiere votar en las próximas elecciones? ¿Quiere pasar temporadas largas o vivir fuera de Estados Unidos? ¡Entonces hágase ciudadano!
La ciudadanía estadounidense es el último paso en su camino migratorio. Como ciudadano, tendrá todos los privilegios que una persona que nació en Estados Unidos, excepto que no podrá ser presidente del país.
Podrá presentar una solicitud de ciudadanía si cumple con los siguientes requisitos:
Ha sido residente permanente durante el tiempo requerido (por lo general cinco años aunque hay excepciones)
Ha vivido por lo menos la mitad de ese tiempo en Estados Unidos
Tiene buena conducta moral;
Habla y escribe el idioma Ingles y
Tiene conocimientos básicos de la historia y gobierno de Estados Unidos.
Le aconsejamos que consulte con un abogado de inmigración con experiencia ANTES de comenzar el trámite de su solicitud para estar seguro de que es el momento correcto y evitar contratiempos, especialmente si ha sido arrestado en el pasado, aunque hayan pasado muchos años y haya finalizado toda su condena o su libertad condicional (probación)
Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita (818)506-0070 abogadosinmigracionlosangeles.la
CÓMO LA LUCHA DEL PRIMER DREAMER JUAN MANUEL MONTES DEPORTADO POR TRUMP TERMINÓ TAN MAL
Juan Manuel Montes podría pasar hasta dos años en una prisión federal tras su último arresto mientras cruzaba la frontera de México a EEUU. Su caso tuvo el respaldo de un equipo legal y pudo haber sentado un precedente en la batalla de los beneficiarios de DACA, pero él decidió cerrarlo.
LOS ÁNGELES, California.- En agosto todo pintaba bien para el dreamer Juan Manuel Montes. Entonces se encontraba en México luego de dos deportaciones. Pero sus abogados habían logrado que avanzara la demanda que presentaron contra el gobierno federal en un tribunal de San Diego, e incluso se autorizó un “juicio rápido” para demostrar que lo expulsaron injustamente del país.
Dos meses después Montes tomó una decisión que sorprendió a muchos: le pidió al equipo legal del National Immigration Law Center (NILC) que cerrara su caso. Aún se desconocen las razones. No se volvió a saber de este beneficiario de DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) hasta el 8 de noviembre, cuando las autoridades migratorias anunciaron que lo habían detenido luego de que ingresó ilegalmente al país brincando el cerco fronterizo en la ciudad de Calexico, California.
Es la tercera vez que Montes es puesto bajo custodia federal y, según abogados consultados por Univision Noticias, se han limitado las posibilidades de que viva en el país donde pasó la mayor parte de su vida. Su deportación parece inminente.
Que sucede si aplico para la visa U y me niegan el caso?
Afortunada en la parte de inmigración en los casos de Visa U, es como la parte humanitaria del departamento de inmigración, son lo mismo que hacen los casos de vawa, ya que ese departamento son los mismos que hacen, los casos de VAWA, la ley que protege a las víctimas de violencia domestica.
Siempre han dicho que si una persona solicita la visa u y si por alguna razón no le aprueban la visa, ahí queda, no te pondrán en proceso de deportación, como seria en los casos de ajuste de status a través de un esposo o si aplicas para asilo y luego te niegan el asilo.
En realidad no hay mucho que perder, pero si que ganar, ya que si Visa U es aprobada, puedes llegar a la residencia, pero si te negaran la visa U, tu estado migratorio, vuelve como estaba desde un principio.
La Visa U, es para personas que han sido víctimas de ciertos crímenes no todos, y que han cooperado con las autoridades en procesar al culpable del delito, asi que por dar un ejemplo es Los Delitos de Violencia Domestica, si uno es víctima de violencia domestica uno llama a la policía, va a la corte, hace todo lo que le pide la policía o la procuraduría que haga, entonces es posible que pueda aplicar para una visa U.
Detenidos en Los Ángeles o Detenidos por ICE. En caso de ser detenido, sabes por donde buscar
En caso de ser detenido por Migración, usted tiene que saber;
◘ Que tiene el derecho de quedarse callado
◘ Que tiene derecho a representación Legal
Por lo cual necesita una forma G28, firmada por su abogado de confianza, esto le permite a su abogado intervenir inmediatamente y hablar con el oficial de detención.
En caso de que inmigración llegue a su casa, usted no tiene obligación de abrirles la puerta, salvo que los abogados de migración, les presente una orden de registro firmada por un juez.
NOTA IMPORTANTE:
Usted no tiene que firmar ningún documento, ya que puede estar firmando su salida voluntaria.
◘ Siempre pida hablar con un juez de inmigración
◘ Mantenga todos sus documentos organizados
◘ Y siempre manténgase informado
Visa B-2, para persona que desee venir a EE.UU de vacaciones o negocios
Cualquier persona que desee venir a los Estados Unidos de vacaciones o por negocios, deberá primero obtener una visa en el consulado o embajada norteamericana en su país.
Esta es una visa no migrante; y en los puerto de entrada o aeropuerto, sera el oficial de migración, quien decide cuánto tiempo puede permanecer en el país, por lo general es una estancia de seis meses.
La visa B-2 le permite entrar a Estados Unidos de vacaciones, para visitar amigos o familiares, obtener tratamiento médico o participar en competencias o torneos donde no recibe ningun pago.
Con este tipo de visa, el visitante no puede trabajar ni tampoco asistir a un curso de estudio académico.
Para solicitar una visa de visitante, la persona tiene que llenar un formulario llamado DS-160 y asistir a una cita en el consulado norteamericano en su país de origen.
Deberá demostrarle al oficial en el consulado que tiene vínculos fuertes con su país y que, por lo tanto, no tiene la intención de inmigrar o permanecer en Estados Unidos por más tiempo del indicado.
Se deben usar pruebas para demostrar lo anterior, las cuales pueden incluir verificación de empleo, estado de cuentas bancarias, títulos de propiedades y evidencia de relaciones familiares.
Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita (818)506-0070
LEYES QUE PROTEGEN A INMIGRANTES INDOCUMENTADOS EN CALIFORNIA
En este año 2017, el cenado junto al gobernador de california Jerry Brown, han creado nuevas leyes, con el proposito de proteger a inmigrantes en el Estado de California.
Desde el 5 de octubre. El gobernador Jerry Brown firmó la Ley SB54, conocida como ACTA DE VALORES, la cual convierte al Estado de CALIFORIA EL PRIMER ESTADO SANTUARIO EN ESTADOS UNIDOS. Limitando la cooperación de los cuerpos policiales locales con las autoridades de inmigración ICE. La aplicación de la SB54, entrara en vigencia el Primero de Enero de 2018.
La Ley AB450, proteger a trabajadores inmigrantes, ya que los Empleadores, deberan notificar a sus trabajadores,antes de que lleven a cabo una auditoría de inmigración y los resultados de esta auditoria. La AB450, entrara en vigencia a partir de enero de 2018
La Ley AB699, prohibe la entrada de agentes de agentes de ICE, en las escuelas publicas, si no cuentan con una orde judicial. De igual manera prohibe brindar o recopilar información sobre el estdo migratorio de los estudiantes o de sus familiares
La Ley SB68, Brida ayuda financiera a estudiantes indocumentados en colegios comunitarios entre otros programas.
La Ley AB343, permite que estudiantes que han emigrado de paises que se encuentran en guerra, paguen las mismas cuotas de matriculas que el resto de estudiantes.
La AB21, brinda el derecho de la educación a todos los estudiantes y de igual forma los sistemas publicos de educación superior de california no divulgen información de los estudiantes. De igual forma que agentes de ICE, no puedan entrar sin previo aviso.
La Ley SB257, permitiria que a los que viven en las ciudades fronterizas de México con California para que puedan acudir a escuelas publicas del kínder al grado 12 sin que tenga que cumplir con el requisito de residencia en el área donde se ubica el plantel escolar.
La Ley AB291, protegera a inquilinos de rendatarios abusivos, que amenazen a sus inquilinos con denunciarlos ante ICE, con el objeto de que estos sean deportados.
Con esta ley se prohibe (El acoso, la venganza, descriminación por la falta de documentos legales)
La Ley AB299, protege que ninguna identidad federal o local, oblige a dueños, administradores o manager de edificios en renta a entregar información que divulge el estado migratorio de sus inquilinos
La SB156, Brinda asistencia legal para veterenos que son residentes legales, puedan convertirse en ciudadanos.
La Ley SB29, desde el primero de enero de 2018, las autoridades locales y carceles de los condados que no tengan tratos con empresas de carceles privadas o el gobierno federal, no reteneran a pricioneros en cutodia a espera de inmigración.
Este tipo de visa está disponible para víctimas de delitos violentos que han sufrido sustancialmente como consecuencia de ser víctima de un delito y que han cooperado en la investigación o el enjuiciamiento del culpable.
Para poder solicitar una visa U, el solicitante deberá obtener una certificación de la agencia policial que llevó a cabo la investigación del delito o de la oficina del fiscal, si es que el caso llegó a enjuiciamiento. Esta certificación se obtiene a través del formulario I-918B.
Si es elegible para solicitar esta visa, el solicitante principal puede incluir a su cónyuge e hijos menores de 21 años de edad. Si el solicitante principal es menor de 21 años, puede incluir a padres, cónyuges, hijos menores de 21 años y hermanos solteros menores de 18 años.
Si la visa es aprobada, el solicitante recibirá un permiso de trabajo por un período de 4 años y la oportunidad de solicitar la residencia permanente legal después de 3 años de haber obtenido la visa U.
Este tipo de visa está disponible para personas que han sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de alguna actividad criminal. Estas personas deben poseer información en referencia al delito. Y deben cooperar con las autoridades en la investigación del delito de la cual fueron víctimas.
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CALIFORNIA BUSCA AYUDAR A INDOCUMENTADOS Y SOÑADORES O DREAMERS
Los legisladores han propuesto de medidas, para proteger a los inquilinos que son inmigrantes indocumentados de arrendatarios que quieran aprovecharse de la situación legal de los inquilinos como; incrementar abusivamente las rentas o no hacer reparaciones que las viviendas necesitan o amenazarlos con reportarlos con ICE, si no desalojan, entre otros.
Entre las medidas están:
La medida AB 291; que prohibiría a los dueños de departamentos o de casas de renta, mostrar a las autoridades de migración, información personal, relacionada con el estatus migratorio de sus inquilinos, ya que los arrendatarios tienen información personal como números de seguro social o ITIN, como cuantas personas hay en la vivienda, nombres, direcciones entre otro tipo de información.
Esta medida ya fue aprobada, solo falta que sea firmada por el gobernador Jerry Brown.
La medida AB 299, esta prohibiría que cualquier entidad pública presione a los dueños/ arrendatarios y/o administradores de propiedades en renta para que obtengan información sobre el estatus de ciudadanía y migración de un inquilino o un prospecto de inquilino.
Esta medida ya fue aprobada en la Asamblea y se encuentra ahora bajo revisión en un comité del Senado.
De igual manera el gobernador Jerry Brown, aprobó 30 millones de dólares, los cuales serán destinados para dar asistencia y ayuda a los dreamers. El dinero será utilizado para ayudar a los jovenes en servicios legales para guiarlos en la renovación de sus permisos antes del 5 de octubre.
¿Usted o algún ser querido está en proceso de deportación?
Cómo nuestras Abogadas le pueden ayudar en la Defensa de Deportación
Si usted o un ser querido está en proceso de deportación, necesita un abogado experto que entienda las complejidades de la ley de inmigración y que tenga experiencia en representar clientes ante la corte de inmigración.
Una vez que usted contrata nuestros servicios, un abogado le acompañará a cada audiencia y hablará por usted ante el juez de inmigración. Nosotros le ayudaremos a preparar la mejor defensa para su caso.
Clave para tener éxito ante la corte de inmigración es tener un abogado con experiencia en procesos de deportación. Este proceso es sumamente complicado, por lo que es imprescindible conocer cada detalle de las leyes procesales. Cada pequeño detalle cuenta y un error, por pequeño que sea, puede ser la diferencia entre ganar o perder su caso. Es fundamental contratar un abogado que conozca bien el proceso y las expectativas de cada juez y que tenga suficiente experiencia representando a clientes en este tipo de procesos.
Si ya tiene una orden de deportación en su contra, nuestros abogados pueden ayudarle a reabrir su caso para que presente un recurso de la deportación ante la corte de inmigración. Llámenos hoy al 818-506-0070 para considerar cómo podemos ayudarle a pelear su caso de deportación para que usted pueda quedarse en Estados Unidos con su familia.
Nosotros podemos ayudarle con los siguiente procesos en la Defensa contra la Deportación:
Representación a Inmigrantes en Centros de Detención
Representación a detenidos por ICE
Representación a Inmigrantes en Centros de Detención
Juicios de Fianza
Ajuste de estatus ante la corte de inmigración
Solicitar perdones/indultos ante la corte de inmigración
Cancelación de deportación para residentes permanentes
Cancelación de deportación para no-residentes
212(c): podemos solicitar el perdón para personas que cometieron delitos antes de 1997, cuando la ley de inmigración cambió.
NACARA: Este remedio es para personas que califiquen para pelear su deportación bajo la ley que favorece a personas de Nicaragua, Cuba, El Salvador, Guatemala y América Central (NACARA).
TPS – Temporary Protected Status: podemos renovar o solicitar su estatus temporal, más conocido como TPS, ante la corte de inmigración para impedir su deportación.
Asilo político
Solicitudes discrecionales
Los recursos de apelación ante la corte de apelaciones de inmigración: podemos apelar su caso ante la corte de apelaciones de inmigración. La cual revisa la sentencia emitida por el juez de inmigración.
Mociones para reabrir su caso de Inmigración: podemos tramitar mociones para reabrir su caso y apelar la orden de deportación emitida en su contra con el fin de solicitar un cambio de sentencia a su favor, tal como el ajuste de estatus.
Si Tiene más preguntas adicionales o necesita más información llámenos hoy al (818)506-0070 para una consulta gratuita con un abogado de inmigración. Para su comodidad, ofrecemos planes de pago. abogadosinmigracionlosangeles.la
NUEVA ACTUALIZACIÓN DEL FORMULARIO I-485 PARA CAMBIO ESTATUS RESIDENCIA PERMANENTE
La Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía (USCIS), a traves de su cuenta de twitter, anuncio que a partir del dia de hoy, Agosto 25 del 2017. Que las personas que realizen cambios de su estatus migratorio, deberan enviar los formulario I-485 actualizados.
Ciertas peticiones de inmigrante puede ser tramitadas al mismo tiempo que la solicitud para el ajuste de estatus (Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus), conocido como “Trámite Conjunto”, mientras que otras categorías de inmigrante deberán esperar hasta tener una petición aprobada antes de que se les permita solicitar Ajuste de Estatus o un Visa de Inmigrante.
Nota de Importancia, antes de realizar cualquier un cambio de estatus, consulte con un abogado de Inmigración, para obtener la asesoría legal correcta y determinar su elegiblidad.
Miles de jóvenes y sus familias se manifestarán a favor de los programas en 40 ciudades a lo largo del país
Este año se celebra la implementación de la Acción Diferida para Llegados en la Infancia (DACA), y hoy martes 15 de agosto los jóvenes beneficiarios del programa y sus partidarios se manifestarán en 40 ciudades a lo largo del país para pedir su preservación, así como para defender el Estatus de Protección Temporal (TPS).
Leer Más... Hoy "DREAMERS" salen en defensa de DACA Y TPS
CIUDADES Y CONDADOS EN QUE LOS SHERIFFS COLABORAN CON ICE EN ESTADOS UNIDOS.
Con la actual administración, se han incrementado la colaboración de agentes del Sheriff's que colaboran con inmigración a través del polémico programa 287(g), el cual, permite que agentes del Sheriff's, realizen algunas funciones como agentes de inmigración, dejando que identifiquen y arresten a inmigrantes indocumentados, con antecedentes penales y algunos sin antecedentes.
Recientemente el Servicio de Inmigración y control de aduanas (ICE, en sus siglas en inglés), anuncio que ya son 60 los condado colaborando con ellos en todo el país, y 24 condado ya firmaron con la actual administración.
Aunque son 24 los que han firmado con ellos colaborar, hay otro que no han firmado pero sus políticas locales o estatales les han facilitado que agentes del Sheriff's, puedan hacer funciones de inmigración, como:
ALABAMA: El Condado de Chilton (Chilton county Sheriff's Department)
Aceptan detenciones en su jurisdicción, de personas detenidas
ARIZONA: Yavapai County, Gila County, Pinal County, Navajo County, Navajo County, Coconino County, Pima County Sheriff's Department
El 15 de julio de 2015, ICE se reunió con la Asociación del Sheriff de Arizona Todos los asistentes expresaron su apoyo a la misión de ICE. La oficina de campo se extenderá para ofrecer reuniones de seguimiento uno a uno a todos los Sheriff's.
ARKANSAS; Sebastian county (Sebastian Sheriffs Office), Benton County Sheriff
Aceptan detenciones en su jurisdicción, de personas detenidas
CALIFORNIA; Orange County (Aunque la Ciudad de Santa Ana, que se declaro, ciudad santuario)
Aceptan detenciones en su jurisdicción, de personas detenidas
Esperanza Immigration Rights Project, es una organización increíble que lucha por los derechos de los niños y familias inmigrantes. Proveen representación en corte y ayuda legal. Este año recibimos un reconocimiento por luchar junto con ellos por los derechos de los más vulnerables Gracias Esperanza por el reconocimiento "Star Pro Bono Law Firm! abogadosinmigracionlosangeles.la
Este es otro niño que escapó de los horrores de la violencia en El Salvador y recibió su residencia
ABOGADOS DE INMIGRACIÓN PARA ASILO EN USA
Las personas que han sufrido persecución en sus países de origen o temen ser víctimas de persecución si regresan a sus países de origen pueden solicitar asilo en Estados Unidos. Para ser elegible para asilo, la razón por la cual la persona sufre o sufrirá persecución tiene que ser por su raza, religión, nacionalidad, ideas políticas o porque pertenece a un “grupo social.” La persona deberá someter su solicitud de asilo en un periodo de menos de un año desde su último ingreso al país. Si se le otorga asilo, podrá solicitar su residencia permanente en un año y su ciudadanía al cuarto año después de tener su residencia.
Los tribunales han dictaminado que personas LGBT (lesbianas, gay, bisexuales o transgéneros) así como víctimas de violencia domestica pertenecen a un grupo social y estas personas pueden tener casos muy fuertes de asilo. Leer más sobre el Asilo
Llámenos hoy a (818)506-0070. Haga una cita con los abogados especialistas en leyes de inmigración. LA CONSULTA ES GRATIS!
¿QUÉ PASA SI ME NIEGAN EL ASILO EN ESTADOS UNIDOS? Solicité asilo político, que pasa si me niegan el asilo Si el juez le niega su caso, su abogado puede apelar el caso dentro de 30 días. Asi durante el periodo de apelación de su caso le permite quedarse en los Estados Unidos legalmente mientras su proceso de apelación está pendiente.
Ya que usted será puesto en proceso de deportación. Y es en este punto donde muchas personas caen en cuenta que fueron víctimas de estafadores, ya que les han sometido casos de asilo, sin que realmente pudieran calificar o no tuvieron la representación legal correcta. Muchas de las victimas les sometieron sus aplicaciones por notarios o abogados inescrupulosos que no les brindaron una representación legal adecuada para que la persona se encontrara preparada y pudiera relatar su historia en particular ante el oficial de inmigración. Obteniendo como resultado un caso no aprobado de asilo, enfrentándose ante un proceso de deportación.
El proceso de defensa de deportación
Cuando ya está en proceso de deportación es muy importante que usted sepa que estos hechos:
Usted puede ser detenido por El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos la agencia de Custodia de Inmigración (ICE) durante periodos extensos sin derecho a fianza.
Usted tiene derecho a un abogado de Inmigración. Sin embargo, a diferencia de un caso criminal, la corte no le proveerá un abogado para que le defienda. Esto significa que si quiere representación legal, tiene que escogerlo y pagar sus honorarios. Y si usted cree que no puede pagar un abogado de inmigración déjeme decirle que hay abogados que le brindan precios justos y planes de pagos.
Si usted decide, no presentarse a su audiencia ante la corte de inmigración, usted podría ser deportado en ausencia. Es decir que no es necesario que se encuentre presente ante el juez para que éste ordene su deportación.
Aún cuando usted esté en Estados Unidos sin estatus legal (indocumentado), eso no significa que tenga que ser deportado. Existen varios recursos legales bajo los cuales usted puede apelar su deportación (Solicitar perdones/indultos ante la corte de inmigración, Cancelación de deportación para residentes permanentes, Cancelación de deportación para no-residentes, Cancelación de deportación para no-residentes, Recursos de apelación ante la corte de apelaciones de inmigración, Mociones para reabrir su caso, Juicios de Fianza, Ajuste de estatus ante la corte de inmigración) Claro teniendo en cuenta su caso en especifico.
Nota: No todos los abogados de inmigración son competentes para hacer una representación ante la corte de inmigración. Es importante que contrate a un abogado que tenga experiencia en defender personas en procedimientos de deportación y que tenga un historial de éxitos ante la corte de inmigración.
Si usted no se encuentra satisfecho con el abogado que lleva su caso, busque una segunda opinión no se que con la duda. Recuerde es su futuro y la unidad familiar lo que está en juego.
BENEFICIO MIGRATORIO PARA INMIGRANTES ACOGIDOS CON TPS
Algunos Inmigrantes que esten acogidos bajo TPS, podrán recibir la residencia permanente, según Corte de Apelaciones del noveno distrito.
La decisión de la Corte ayudará a miles de inmigrantes con TPS, entre ellos salvadoreños, nicaragüenses y hondureños que viven en los Estados Unidos.
Los Inmigrantes con TPS podrán recibir la residencia permanente de El Salvador, Honduras y Nicaragua.
REQUISITOS:
Estar casados con un ciudadano estadounidense
o tener un hijo o Hija mayores de 21 años de edad ciudadano, para poder someter la solicitud de cambio de estatus (La Residencia Permanentes)
Si usted o un ser querido, consideran que pueden calificar para un cambio de estatus a través de TPS, llame hoy para una consulta con nuestros
abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita (818)506-0070 abogadosinmigracionlosangeles.la
Las Contribuciones de Los Inmigrantes Indocumentados en Estados Unidos
Últimamente se ha hecho frecuente escuchar de algunos políticos y de diferentes personas de la actual administración que los inmigrantes indocumentados son una carga para los contribuyentes de Estados Unidos, ya que según sus argumentos, hacen uso y abusos de servicios sociales entre otros juicios que no muestra la realidad, ni mucho menor refleja las aportaciones que los Inmigrantes Documentados e Indocumentados hacen a Estados Unidos.
El día de hoy el Institute on Taxation and Economic Policy ITEP, por sus siglas en ingles, dio a conocer un informe de las Contribuciones Económicas que hacen los Inmigrantes Indocumentados. De hecho, son igual a las que hacen todos los demás contribuyentes que viven y trabajan en los Estados Unidos,
El Estudio expone que “Los contribuyentes indocumentados también contribuyen colectivamente con una suma estimada de $ 11.740 millones a las arcas estatales y locales cada año a través de una combinación de ventas e impuestos especiales, Contribuciones estatales y locales de los inmigrantes indocumentados”
Además que los 11 millones de indocumentados pagan el 8 por ciento de sus ingresos en impuestos estatales y locales cada año.
Así como también, hace mención que de haber un Reforma Migratoria Integral las contribuciones aumentarían hasta en unos 2.100 millones de dólares, elevando así su tasa impositiva efectiva en un 8,6 por ciento.
Y que las contribuciones hechas por la población indocumentado van desde poco más de $ 550,000 en MONTANA con una población indocumentada estimada de 1,000 a más de $ 3,1 mil millones en CALIFORNIA, hogar de más de 3 millones de inmigrantes indocumentados.
Muchos de los inmigrantes indocumentados pagan impuestos estatales y federales a través de sus números de identificación de impuestos individuales (ITIN), y los que no hacen sus impuestos aún así contribuyen a través de sus deducciones hechas en sus cheques de pago.
El estudio de ITEP, es muy completo ya que también explica de qué manera contribuye este grupo a los Estados Unidos. Como a través de pagos de impuestos estatales y locales. Pagando los impuestos de ventas y otros impuestos especiales cuando compran bienes y servicios como por ejemplo; servicios públicos (agua, energía, gas, entre otros), ropa y gasolina. Cuando compran una vivienda, también pagan los impuestos sobre la propiedad o indirectamente como inquilinos cuando están rentando en un apartamento o casa.
Además el estudio también expone que de haber deportaciones, todas esas contribuciones se reducirían afectando así a los estados y gobiernos locales.
En hora buena a María que fue a su entrevista en el Consulado de Ciudad Juárez y ya es residente permanente. Dentro de tres años podrá solicitar su ciudadanía ya que obtuvo la residencia a través de su esposo que es ciudadano estadounidense.
Abogados de Inmigración en Los Angeles - Manduley & Camisassa, P.C.
La firma Manduley & Camisassa, P.C. Abogados de Inmigración en Los Angeles California, contando con más de 15 años de experiencia en la práctica de las Leyes de Inmigración.
Siendo su principal propósito el mantener a las familias unidas
La firma Manduley & Camisassa, P.C, se dedica exclusivamente al ramo migratorio brindando sus servicios en:
◘ Representación en Corte de Inmigración ◘ Defensa de Deportación ◘ Representación a detenidos por ICE ◘ Representación a Inmigrantes en Centros de Detención ◘ Cancelación de Deportación ◘ Acción Diferida ◘ Ajustes por Ley NACARA ◘ TPS ◘ Renovación de TPS ◘ Recuperación de TPS ◘ Residencias a través del TPS ◘ Perdones Migratorios o perdón de inadmisibilidad ◘ Residencias por Petición Familiar ◘ Residencias de USA por Esposo/Esposa Ciudadano Estadunidense ◘ Residencias de USA a través de hijos ciudadanos ◘ Petición familiar por Esposo/Esposa residentes de Estados Unidos ◘ Petición Familiar por Hermanos Residente o Ciudadano de Estados Unidos ◘ Peticiones- Mociones para reabrir casos de inmigración ◘ Renovación de TPS ◘ Residencias - Green Card ◘ Residencia por trabajo ◘ Visas de Turistas ◘ Asilo Político ◘ Entrevista de Asilo ◘ Petición de Asilo para Menores Centro Americanos ◘ Representación en corte de Inmigración para Menores viajan solos ◘ Ley Ajuste Cubano ◘ Visa U – Visas para víctimas de violencia domestica ◘ VAWA Ley de Violencia contra la Mujer ◘ Visas Prometidos ◘ Visa K-1 ◘ Visas de inversionistas E-2 ◘ Visa E para inversionista y a su familia ◘ Representación Peticiones de Fianzas ◘ Audiencia Fianza Rodríguez ◘ Audiencias para Fianzas de Inmigración ◘ Ciudadanías y naturalización de Estados Unidos
Parte del éxito de la firma Manduley & Camisassa, P.C, es el tiempo que cada una de las abogadas les dedica a sus clientes, por que cuando hay una representación legal de abogados comprometidos con sus clientes, como las abogadas Margarita y Mariela, saben cómo exponer su caso y realizar así la mejor estrategia de defensa. Y es ese punto es donde se hace la diferencia en un proceso de deportación y llegar a obtener su residencia permanente en los Estados Unidos.
Si usted o un ser querido se encuentra detenido o en un proceso de deportación o necesita de la representación legal, para cualquier otro tramite como cambio de estatus o algún otro servicio relacionado y exclusivo a inmigración. Llámenos hoy! para agendar una cita con nuestras abogadas especialistas en inmigración.
La consulta es Gratis (818)506-0070
Las abogadas hablan perfectamente Español-English.
Usted habla directamente con las abogadas y no con terceros. abogadosinmigracionlosangeles.la
¿Un hijo ciudadano mayor de 21 años, puede pedir a sus padres indocumentados?
Un hijo ciudadano, puede pedir a sus padres! Ahora el tema esta, si el padre puede obtener su residencia o no, y eso depende de varios factores, si el papa entro con visa legalmente, pueden hacer un ajuste de status dentro de estados unidos, ahora bien si el papá o la mamá esta protegido bajo la forma 245-I, quiere decir que alguien metió una petición a favor de ellos antes de abril 30 del 2001, entonces van a poder obtener su residencia dentro de estados unidos.
Pero vamos a suponer que el hijo de 21 años, quiere pedir a sus papas y ellos entraron indocumentados (sin revisión de ninguna autoridad fronteriza, como por ejemplo "cruzaron el cerro" ) Entonces la pregunta está más complicada, porque la mamá y el papá tendría que hacer un proceso consular, asea que tendrían que salir de Los Estado Unidos y obtener su residencia fuera del país, y una vez que la persona sale de los Estados Unidos, entonces se le impone un castigo de 10 años, por haber estado en el país sin documentos.
Hay ciertas personas que pueden pedir un perdón por presencia ilegal; Y quienes son esas personas? las personas que pueden demostrar que un padre, una madre, esposo o esposa van a sufrir considerablemente, entonces si el hijo de 21 años tiene un abuelo que es residente, entonces quizás sea posible que el papá o la mamá puedan pedir un perdón, demostrando que el abuelito va sufrir extremadamente si no dejan entrar al país.
Si usted o un miembro de su familia se encuentra en una situación similar, llámenos la consulta es Gratis
ABOGADOS DE INMIGRACIÓN PARA PETICIONES FAMILIARES EN TODO EL SUR DE CALIFORNIA
Llámenos hoy para agendar una cita con nuestras abogadas especialistas en inmigración.
(818)506-0070 La Consulta es Gratis!
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Plan Familiar en Caso de Emergencia para Inmigrantes Indocuementados con Hijos Menores
Plan Familiar En Caso de Emergencia
Cada familia debe tener un plan en caso de emergencia. Aunque nuestro deseo es que usted nunca tenga
que usar este plan, es buena práctica tener uno a la mano para reducir
el estrés de lo inesperado. Este paquete le ayudará a crear un plan
familiar sin importar su estatus migratorio. Sin embargo, debido a los
retos adicionales que enfrentan las familias inmigrantes y las compuestas
de miembros con diferentes estatus migratorios, también tenemos consejos
adicionales para los inmigrantes.
Haga un plan de cuidado para sus hijos
Tenga un plan para que un adulto de confianza pueda
cuidar a sus hijos si usted no puede. Este plan debe incluir números de
emergencia,
una lista con la información de contactos de personas
claves, una declaración jurada por parte de la persona que cuidará a sus
hijos, y un archivo
con documentos importantes. Este paquete incluye
ejemplos de cómo preparar este tipo de documentos.
Averigüe sobre sus opciones de inmigración
Este paquete incluye información y recursos para poder buscar ayuda legal de confianza.
Si usted tiene una tarjeta de residencia permanente, averigüe si se puede hacer Ciudadano.
Si usted está aquí con una visa, averigüe si puede obtener una tarjeta de residencia.
Si usted no tiene estatus migratorio, averigüe
si puede ser elegible para obtener una tarjeta de residencia, una visa,
o un permiso de trabajo.
Si usted tiene record criminal, o ha sido
arrestado, averigüe como esto le podría afectar su situación, o si hay
una manera de limpiar su record.
Si usted es detenido o esta en proceso de
deportación, pida una audiencia en frente de un Juez para salir de
detención y poder pelear su deportación.
Conozca sus derechos Todas las personas, sin
importar su estatus legal, tienen derechos en este país. Asegúrese que
los miembros de su familia (incluyendo sus hijos) compañeros de
vivienda, vecinos, y compañeros de trabajo,
independientemente de su estatus migratorio, conozcan el derecho de
permanecer en silencio, y todos los
otros derechos si inmigración o la policía vienen a su
casa, vecindario, o al lugar de trabajo. Una lista de estos derechos, y
tarjeta afirmando sus derechos viene incluida en este paquete.
Plan de Cuidado Para Sus Hijos
Hable con sus hijos sobre su plan Sin preocuparlos,
asegúrele a sus hijos que ellos estarán en buen
cuidado si por cualquier razón usted no puede
cuidarlos, aunque sea por un poco tiempo. Déjeles saber quién los
cuidará hasta que usted
pueda cuidarlos de nuevo.
Decida quien cuidará a sus hijos si usted no puede
hacerlo Platique con la gente que usted quisiera que cuidara a sus
hijos si usted no lo puede hacer, y asegúrese que
ellos sepan que están en la lista de contactos de
emergencia. Apréndase sus números de teléfono de memoria, y haga que
sus hijos también se
los aprendan. Asegúrese que sus hijos sepan quién y
quien no los puede recoger de la escuela y quien los cuidará. La
escuela solamente
entregará sus hijos a las personas que usted indique en
la carta de emergencia. Por esa razón mantenga al corriente la
información en la
carta de emergencia en su escuela, el programa después
de escuela, en la guardería u otros programas. Asegúrese que la gente
que puede recoger
y cuidar a sus hijos estén al día sobre la ubicación de
sus hijos al igual que la escuela donde asisten.
Anote las instrucciones
si sus hijos tienen una condición médica, o están
tomado medicamentos Anote cualquier condición médica o alergias que sus
hijos tengan, cualquier
medicamento que su hijo/a está tomando, así como la
información de su doctor y el seguro de salud. Guarde una copia de esta
información en
su archivo de documentos importantes. Dé una copia a la
escuela de su hijo/a y a la persona encargada de cuidar de su hijo/a.
Infórmele a
su hijo/a donde puede encontrar esta información si es
que usted no está.
Haga que la persona responsable de sus hijos firme el documento autorizado de declaración jurada
La declaración jurada autorizada por la persona
responsable por el cuidado de su hijo/a debe ser entregada
a la escuela, o al proveedor de cuidado de salud de su
hijo/a para que una persona que no sea el padre/madre pueda registrar a
su hijo/a
en la escuela pública, y poder tomar decisiones de la
escuela o médicas, y poder tomar otras decisiones importantes por parte
de su hijo/a si
es que usted no puede hacerlo. Esto permite a una
persona que no sea el padre/madre registrar a su hijo/a en la escuela y
poder recibir
tratamiento médico relacionado con la escuela. Un
ejemplo Immigrant Legal Resource Center §§ www.ilrc.org 3 está
incluido en este paquete.
La declaración jurada por la persona responsable de su
hijo/a no afecta sus derechos como el padre/madre de su hijo/a. Usted
todavía tiene
custodia y control de sus hijos.
Asegúrese que todos sus hijos tengan un pasaporte
Si sus hijos nacieron en Los Estados Unidos, visite
www.travel.state.gov para más información de cómo obtener un pasaporte
estadounidense. Si sus hijos nacieron en su país de
origen, consulte con su embajada o consulado para obtener más
información de cómo obtener
un pasaporte.
Informe a su familia y a sus contactos de emergencia sobre cómo encontrarlo si ha sido detenido por ICE
Miembros de su familia pueden usar el localizador de detenidos
proveído por ICE:
Asegúrese que su familia y sus contactos de emergencia
tengan una copia del número (su número de caso de inmigración puede ser
encontrado
en los documentos de inmigración) si es que tiene uno.
Documentos Que Usted Debería y No Debería Cargar Con Usted
En todo momento, cargué su permiso de trabajo válido o su tarjeta de
residencia permanente, si
es que tiene una. Si no tiene una, generalmente se le recomienda que
cargue una identificación municipal, estatal, o licencia de conducir si
se le fue otorgada dentro de los Estados Unidos y no contiene
información ninguna sobre su estatus migratorio o su país de origen.
Pregúntele
a un defensor local de inmigración que tipo de documentos son seguros
de cargar con usted en su área.
En todo momento, cargue una tarjeta roja para ejercer su derecho de permanecer en silencio en caso de que
sea detenido(a) o interrogado(a) por un agente de inmigración o por oficiales de policía.
En todo momento, cargue el número de teléfono de un abogado de inmigración, de un defensor o de una organización
sin fines de lucro que provea servicios de inmigración al cual usted le llamará en caso de una emergencia.
No cargue ningún tipo de documentos de su país de origen.
No cargue ningún tipo de documento de identificación o de inmigración falso.
Si Tiene más preguntas adicionales o necesita más información llámenos hoy al (818)506-0070 para una consulta gratuita con un abogado de inmigración.
CANCELACIÓN DE DEPORTACIÓN CONOCIDA COMO LA LEY DE LOS DIEZ AÑOS
Las personas que han vivido en Estados Unidos por mucho tiempo indocumentados y que buscan una solución legal se hacen la pregunta: ¿Se puede arreglar por el tiempo o ley de los 10 años?
La ley de los diez años, conocida como "Cancelación de Deportación", "Cancellation of Removal" fue creada por el Congreso en el año 1996 para ayudar a aquellos inmigrantes indocumentados que estan residiendo en los EEUU por muchos años, a obtener la residencia permanente.
Solamente está disponible para los inmigrantes que se encuentra en un proceso de deportación en la corte de inmigración.
Los inmigrantes que no están bajo ningun proceso de deportación no pueden solicitar esta solución legal.
Cuales son Los requisitos para calificar para la cancelación de deportación:
Haber estado presente en los Estados Unidos continuamente por lo menos 10 años.
Haber tenido un buen carácter moral durante los ultimos 10 años.
Demostrar que su deportación causaría un sufrimiento excepcionalmente extremo a un pariente que es ciudadano estadounidense o residente permanente, lo cual significa un esposo, esposa, hijo, o padre.
Los casos de Cancelación de Deportación son especialmente muy complicados ya que requieren una gran cantidad de documentos.
Solamente hay 4,000 oportunidades cada año a nivel nacional para conceder una Cancelación de Deportación.
CONSULTA GRATIS
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Un éxito fríamente planeado: 1) Daca, 2) permiso para salir del país; 3) entrada legal; 4) residencia legal a través de esposa ciudadana = familia feliz y unida.
Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses (conocidos como familiares directos) no tienen que esperar hasta que haya una visa disponible porque no hay límite de visas a utilizarse en esta categoría en un año en particular. Se consideran familiares directos:
Padres (progenitores) de un ciudadano estadounidense
Cónyuges de un ciudadano estadounidense
Hijos(as)solteros(as) menores de 21 años de un ciudadano estadounidense
Nota: Los ciudadanos estadounidenses deben tener por lo menos 21 años para presentar una petición para sus padres.
Los familiares de un ciudadano estadounidense o residente permanente en las categorías restantes relacionadas con el parentesco, deberán esperar hasta que haya una visa disponible antes de poder solicitar la residencia permanente. Estas categorías incluyen:
Primera Preferencia: hijos(as) solteros(as) adultos (21 años de edad o más) de ciudadanos estadounidense
Segunda Preferencia A: cónyuges de residentes permanentes y los hijos(as) menores de edad (menos de 21 años de edad), solteros de residentes permanentes
Segunda Preferencia B: hijos(as)solteros (21 años de edad o más) de residentes permanentes
Tercera Preferencia: hijos(as) casados(as) de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges y sus hijos menores de edad
Cuarta Preferencia: hermanos(as) de ciudadanos estadounidenses adultos, sus cónyuges, y sus hijos menores
¿Quiere dejar de preocuparse por estar renovando su residencia permanente cada diez años?
¿Quiere ayudar a algún miembro de su familia a inmigrar a Estados Unidos?
¿Quiere votar en las próximas elecciones?
¿Quiere pasar temporadas largas o vivir fuera de Estados Unidos?
¡Entonces, no espere más hágase ciudadano!
La ciudadanía estadounidense es el último paso en su camino migratorio. Como ciudadano, tendrá todos los privilegios que una persona que nació en Estados Unidos, excepto que no podrá ser presidente del país.
Podrá presentar una solicitud de ciudadanía si cumple con los siguientes requisitos:
Ha sido residente permanente durante el tiempo requerido (por lo general cinco años aunque hay excepciones)
Ha vivido por lo menos la mitad de ese tiempo en Estados Unidos
Tiene buena conducta moral;
Habla y escribe el idioma Ingles y
Tiene conocimientos básicos de la historia y gobierno de Estados Unidos.
Le aconsejamos que consulte con un abogado de inmigración con experiencia ANTES de comenzar el trámite de su solicitud para estar seguro de que es el momento correcto y evitar contratiempos, especialmente si ha sido arrestado en el pasado, aunque hayan pasado muchos años y haya finalizado toda su condena o su libertad condicional (probación).
Si alguna vez mintió o incluyó datos falsos en alguna solicitud de inmigración anterior, ha estado ante un juez de inmigración; ha sido deportado del país; o ha vivido fuera de Estados Unidos durante largos periodos de tiempo, es sumamente importante consultar con un abogado experto en inmigración antes de aplicar, porque a veces puede ser puesto en proceso de deportación al negarle la ciudadanía.
Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita (818)506-0070
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Para poder obtener su residencia permanente en los Estados Unidos, también conocida como tarjeta verde o MICA, usted deberá ser considerado “admisible” a los Estados Unidos, es decir, si usted ha sido encontrado culpable de ciertos delitos, si ha cometido fraude migratorio o tiene incumplimientos de su estatus migratorio, o si entró al país sin documentos, puede ser “inadmisible” para propósitos de inmigración a los Estados Unidos y, por consiguiente, inelegible para solicitar su residencia permanente u obtener una visa.
Algunos individuos cuyos cónyuges o hijos son ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos pueden ser elegibles para solicitar un perdón de inadmisibilidad I-601 o I-601A y así obtener una visa de inmigrante o residencia permanente (mica) si pueden demostrar que dichos familiares sufrirían una penuria extrema si usted no puede obtener su residencia permanente.
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Peticiones para Reabrir su caso con la Corte de Inmigración
Cualquier decisión dictada por un juez de inmigración o por el Tribunal de Apelaciones de Inmigración (BIA) puede ser reabierto o reconsiderado. Una petición para reabrir el caso es adecuada cuando existen nuevos hechos pertinentes al caso. Estas peticiones deben ser presentadas dentro de 90 días de la decisión final.
Una petición de reconsiderar el caso es adecuada cuando se cree que la decisión final del juez o la junta de apelaciones es un error. Estas peticiones deben ser presentadas dentro de 30 días de la decisión final.
Hay dos excepciones a los plazos de 30 y 90 días. Donde un juez de inmigración dictó una orden de deportación en su ausencia porque no se presentó ante el tribunal de inmigración porque no se le otorgó debida notificación o porque usted no pudo presentarse a corte debido a circunstancias extraordinarias. La segunda excepción se aplica cuando el abogado previo de una persona no proporcionó una representación competente.
Si usted cree que su caso de inmigración debe ser reabierto, o reconsiderado, comuníquese con nosotros por teléfono o a través de nuestra sitio web para una consulta gratis. Revisaremos su caso en detalle y lo representaremos ante los tribunales. Repasaremos toda la evidencia y trabajaremos con usted para llegar a la mejor estrategia y lograr sus objetivos. Llámenos al 818-506-0070
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