Monday, January 23, 2017

Las peticiones a través de la familia

Peticiones a través de la familia

Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses (conocidos como familiares directos) no tienen que esperar hasta que haya una visa disponible porque no hay límite de visas a utilizarse en esta categoría en un año en particular. Se consideran familiares directos:

Padres (progenitores) de un ciudadano estadounidense

Cónyuges de un ciudadano estadounidense

Hijos(as)solteros(as) menores de 21 años de un ciudadano estadounidense

Nota: Los ciudadanos estadounidenses deben tener por lo menos 21 años para presentar una petición para sus padres.

Los familiares de un ciudadano estadounidense o residente permanente en las categorías restantes relacionadas con el parentesco, deberán esperar hasta que haya una visa disponible antes de poder solicitar la residencia permanente. Estas categorías incluyen:


  • Primera Preferencia: hijos(as) solteros(as) adultos (21 años de edad o más) de ciudadanos estadounidense



  • Segunda Preferencia A: cónyuges de residentes permanentes y los hijos(as) menores de edad (menos de 21 años de edad), solteros de residentes permanentes



  • Segunda Preferencia B: hijos(as)solteros (21 años de edad o más) de residentes permanentes



  • Tercera Preferencia: hijos(as) casados(as) de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges y sus hijos menores de edad



  • Cuarta Preferencia: hermanos(as) de ciudadanos estadounidenses adultos, sus cónyuges, y sus hijos menores


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Tuesday, January 17, 2017

Hágase Ciudadano Estadounidense

Por que espera Hágase Ciudadano Estadounidense!

¿Quiere dejar de preocuparse por estar renovando su residencia permanente cada diez años?
¿Quiere ayudar a algún miembro de su familia a inmigrar a Estados Unidos?
¿Quiere votar en las próximas elecciones?
¿Quiere pasar temporadas largas o vivir fuera de Estados Unidos?

¡Entonces, no espere más hágase ciudadano!

La ciudadanía estadounidense es el último paso en su camino migratorio. Como ciudadano, tendrá todos los privilegios que una persona que nació en Estados Unidos, excepto que no podrá ser presidente del país.

Podrá presentar una solicitud de ciudadanía si cumple con los siguientes requisitos:

Ha sido residente permanente durante el tiempo requerido (por lo general cinco años aunque hay excepciones)
Ha vivido por lo menos la mitad de ese tiempo en Estados Unidos
Tiene buena conducta moral;
Habla y escribe el idioma Ingles y
Tiene conocimientos básicos de la historia y gobierno de Estados Unidos.
Le aconsejamos que consulte con un abogado de inmigración con experiencia ANTES de comenzar el trámite de su solicitud para estar seguro de que es el momento correcto y evitar contratiempos, especialmente si ha sido arrestado en el pasado, aunque hayan pasado muchos años y haya finalizado toda su condena o su libertad condicional (probación).

Si alguna vez mintió o incluyó datos falsos en alguna solicitud de inmigración anterior, ha estado ante un juez de inmigración; ha sido deportado del país; o ha vivido fuera de Estados Unidos durante largos periodos de tiempo, es sumamente importante consultar con un abogado experto en inmigración antes de aplicar, porque a veces puede ser puesto en proceso de deportación al negarle la ciudadanía.

Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita  (818)506-0070​
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Monday, January 9, 2017

LOS PERDONES/INDULTOS (I-601, I-601A)

LOS PERDONES/INDULTOS (I-601, I-601A)

Para poder obtener su residencia permanente en los Estados Unidos, también conocida como tarjeta verde o MICA, usted deberá ser considerado “admisible” a los Estados Unidos, es decir, si usted ha sido encontrado culpable de ciertos delitos, si ha cometido fraude migratorio o tiene incumplimientos de su estatus migratorio, o si entró al país sin documentos, puede ser “inadmisible” para propósitos de inmigración a los Estados Unidos y, por consiguiente, inelegible para solicitar su residencia permanente u obtener una visa.

Algunos individuos cuyos cónyuges o hijos son ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos pueden ser elegibles para solicitar un perdón de inadmisibilidad I-601 o I-601A y así obtener una visa de inmigrante o residencia permanente (mica) si pueden demostrar que dichos familiares sufrirían una penuria extrema si usted no puede obtener su residencia permanente.

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Tuesday, January 3, 2017

Peticiones para Reabrir su caso con la Corte de Inmigración

 Peticiones para Reabrir su caso con la Corte de Inmigración

Cualquier decisión dictada por un juez de inmigración o por el Tribunal de Apelaciones de Inmigración (BIA) puede ser reabierto o reconsiderado. Una petición para reabrir el caso es adecuada cuando existen nuevos hechos pertinentes al caso. Estas peticiones deben ser presentadas dentro de 90 días de la decisión final.

Una petición de reconsiderar el caso es adecuada cuando se cree que la decisión final del juez o la junta de apelaciones es un error. Estas peticiones deben ser presentadas dentro de 30 días de la decisión final.

Hay dos excepciones a los plazos de 30 y 90 días. Donde un juez de inmigración dictó una orden de deportación en su ausencia porque no se presentó ante el tribunal de inmigración porque no se le otorgó debida notificación o porque usted no pudo presentarse a corte debido a circunstancias extraordinarias. La segunda excepción se aplica cuando el abogado previo de una persona no proporcionó una representación competente.

Si usted cree que su caso de inmigración debe ser reabierto, o reconsiderado, comuníquese con nosotros por teléfono o a través de nuestra sitio web para una consulta gratis. Revisaremos su caso en detalle y lo representaremos ante los tribunales. Repasaremos toda la evidencia y trabajaremos con usted para llegar a la mejor estrategia y lograr sus objetivos. Llámenos al 818-506-0070
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