Tuesday, September 27, 2016

Abogada Margarita Manduley - Perdón i-601

Felicidades al señor Emiliano cuyo perdón i-601A fue aprobado y regresó de su entrevista en el consulado americano de Ciudad Juárez como residente permanente legal. #i-601A.


Thursday, September 22, 2016

Visa de Turista

Visa de Turista

Cualquier persona que desee venir a los Estados Unidos de vacaciones o por negocios, deberá primero obtener una visa en el consulado o embajada norteamericana en su país.

La Visa B-2 le permite entrar a Estados Unidos de vacaciones, para visitar amigos o familiares, obtener tratamiento médico o participar en competencias o torneos donde no recibe paga. Con este tipo de visa, el visitante no puede trabajar ni tampoco asistir a un curso de estudio académico.

El oficial en el puerto de entrada o aeropuerto decide cuánto tiempo puede permanecer en el país, por lo general es una estancia de seis meses.

Para solicitar una visa de visitante, la persona tiene que llenar un formulario llamado DS-160 y asistir a una cita en el consulado norteamericano en su país. Deberá demostrarle al oficial en el consulado que tiene vínculos fuertes con su país y que, por lo tanto, no tiene la intención de inmigrar o permanecer en Estados Unidos por más tiempo del indicado. Se deben usar pruebas para demostrar lo anterior, las cuales pueden incluir verificación de empleo, estado de cuentas bancarias, títulos de propiedades y evidencia de relaciones familiares. Nosotros le podemos ayudar a conseguir un resultado positivo.



Si necesita ayuda, llame hoy para hablar con nuestros abogados de inmigración de habla hispana. La consulta es gratuita
Abogados de Inmigración en Los Angeles
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Thursday, September 15, 2016

Requisitos de la Ciudadania Estadounidense


¿Quiere dejar de preocuparse por estar renovando su residencia permanente cada diez años? 
¿Quiere ayudar a algún miembro de su familia a inmigrar a Estados Unidos? 
¿Quiere votar en las próximas elecciones? 
¿Quiere pasar temporadas largas o vivir fuera de Estados Unidos?

¡Entonces hágase ciudadano!

La ciudadanía estadounidense es el último paso en su camino migratorio. Como ciudadano, tendrá todos los privilegios que una persona que nació en Estados Unidos, excepto que no podrá ser presidente del país.

Podrá presentar una solicitud de ciudadanía si cumple con los siguientes requisitos:


  • Ha sido residente permanente durante el tiempo requerido (por lo general cinco años aunque hay excepciones)
  • Ha vivido por lo menos la mitad de ese tiempo en Estados Unidos
  • Tiene buena conducta moral;
  • Habla y escribe el idioma Ingles y

Tiene conocimientos básicos de la historia y gobierno de Estados Unidos.
Le aconsejamos que consulte con un abogado de inmigración con experiencia ANTES de comenzar el trámite de su solicitud para estar seguro de que es el momento correcto y evitar contratiempos, especialmente si ha sido arrestado en el pasado, aunque hayan pasado muchos años y haya finalizado toda su condena o su libertad condicional (probación).

Si alguna vez mintió o incluyó datos falsos en alguna solicitud de inmigración anterior, ha estado ante un juez de inmigración; ha sido deportado del país; o ha vivido fuera de Estados Unidos durante largos periodos de tiempo, es sumamente importante consultar con un abogado experto en inmigración antes de aplicar, porque a veces puede ser puesto en proceso de deportación al negarle la ciudadanía.

ABOGADOS DE INMIGRACIÓN PARA CIUDADANÍA EN LOS ANGELES
Llámenos al 818-506-0070, La consulta es gratis
Abogados de Inmigración para Casos de Asilo en Los Angeles
3575 Cahuenga Blvd W #555, Los Angeles, CA 90068, USA
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Requisitos de la Ciudadanía Estadounidense


¿Quiere dejar de preocuparse por estar renovando su residencia permanente cada diez años? 
¿Quiere ayudar a algún miembro de su familia a inmigrar a Estados Unidos? 
¿Quiere votar en las próximas elecciones? 
¿Quiere pasar temporadas largas o vivir fuera de Estados Unidos?

¡Entonces hágase ciudadano!

La ciudadanía estadounidense es el último paso en su camino migratorio. Como ciudadano, tendrá todos los privilegios que una persona que nació en Estados Unidos, excepto que no podrá ser presidente del país.

Podrá presentar una solicitud de ciudadanía si cumple con los siguientes requisitos:

Ha sido residente permanente durante el tiempo requerido (por lo general cinco años aunque hay excepciones)
Ha vivido por lo menos la mitad de ese tiempo en Estados Unidos
Tiene buena conducta moral;
Habla y escribe el idioma Ingles y
Tiene conocimientos básicos de la historia y gobierno de Estados Unidos.
Le aconsejamos que consulte con un abogado de inmigración con experiencia ANTES de comenzar el trámite de su solicitud para estar seguro de que es el momento correcto y evitar contratiempos, especialmente si ha sido arrestado en el pasado, aunque hayan pasado muchos años y haya finalizado toda su condena o su libertad condicional (probación).

Si alguna vez mintió o incluyó datos falsos en alguna solicitud de inmigración anterior, ha estado ante un juez de inmigración; ha sido deportado del país; o ha vivido fuera de Estados Unidos durante largos periodos de tiempo, es sumamente importante consultar con un abogado experto en inmigración antes de aplicar, porque a veces puede ser puesto en proceso de deportación al negarle la ciudadanía.

ABOGADOS DE INMIGRACIÓN PARA CIUDADANÍA EN LOS ANGELES
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Tuesday, September 6, 2016

QUE ES LA VISA U Y QUIENES CALIFICAN


Visa U fue creada por la ley “Victims of Trafficking and Violence Prevention Act”, establecida en Octubre del 2000.

Este tipo de visa está disponible para personas que han sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de alguna actividad criminal. Estas personas deben poseer información en referencia al delito. Y deben cooperar con las autoridades en la investigación del delito de la cual fueron víctimas.

Para calificar para la visa U se requiere cumplir con estos cuatros requisitos:

  •     Que el inmigrante haya sufrido daño físico o mental por haber sido víctima de alguna actividad criminal. El daño tiene que haber sido sustancial.
  •     Que el inmigrante posea información concerniente a tal crimen.
  •     Que el inmigrante haya sido, sea o posiblemente podrá proveer algún tipo de cooperación con la investigación, prosecución y/o condena del delito.
  •     Que la actividad criminal descrita viole las leyes de los Estados Unidos o haya ocurrido dentro de los Estados Unidos.

Cómo Solicitar la Visa U

Visa U, se solicita por medio de la forma I-918. Cada forma debe ser completada en forma específica. Esta forma debe estar acompañada por la forma I-918B, la cual representa una certificación firmada por las autoridades corroborando que la víctima ha cooperado con las autoridades en la investigación del delito.

El proceso en sí es complejo y requiere de cuidadoso análisis y la preparación por un abogado competente con experiencia en la presentación de las solicitudes de Visa U.

Información importante:

Este tipo de visa está disponible para víctimas de delitos violentos que han sufrido sustancialmente como consecuencia de ser víctima de un delito y que han cooperado en la investigación o el enjuiciamiento del culpable.

Para poder solicitar una visa U, el solicitante deberá obtener una certificación de la agencia policial que llevó a cabo la investigación del delito o de la oficina del fiscal, si es que el caso llegó a enjuiciamiento. Esta certificación se obtiene a través del formulario I-918B.

Si es elegible para solicitar esta visa, el solicitante principal puede incluir a su cónyuge e hijos menores de 21 años de edad. Si el solicitante principal es menor de 21 años, puede incluir a padres, cónyuges, hijos menores de 21 años y hermanos solteros menores de 18 años.

Si la visa es aprobada, el solicitante recibirá un permiso de trabajo por un período de 4 años y la oportunidad de solicitar la residencia permanente legal después de 3 años de haber obtenido la visa U.


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Thursday, September 1, 2016

INFORMACIÓN IMPORTANTE QUE DEBE SABER SOBRE EL PROCESO DE DEPORTACIÓN

INFORMACIÓN IMPORTANTE QUE DEBE SABER SOBRE EL PROCESO DE DEPORTACIÓN

Si el gobierno ha comenzado un proceso de deportación en su contra, usted se enfrenta a perder todo lo que ha ganado en los Estados Unidos, incluyendo su vivienda, negocio, y sobre todo la posibilidad de estar junto a su familia.

Estos son algunos hechos importantes que usted debe conocer:

Usted puede ser detenido por El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos la agencia de Custodia de Inmigración (ICE) durante periodos extensos sin derecho a fianza.

Usted tiene derecho a un abogado. Sin embargo, a diferencia de un caso criminal, la corte no le proveerá un abogado para que le defienda. Esto significa que si quiere representación legal, tiene que escogerlo y pagar sus honorarios.

Si no se presenta a su audiencia ante la corte de inmigración, usted podría ser deportado en su ausencia. En otras palabras, no tiene que estar presente ante el juez para que éste ordene su deportación cuando usted no acude a su audiencia.

Aún cuando usted esté en Estados Unidos sin estatus legal, eso no significa que tenga que ser deportado. Existen varios supuestos bajo los cuales usted puede apelar recurrir su deportación.

No todos los abogados de inmigración son competentes para representarle ante la corte de inmigración. Es aconsejable que contrate a un abogado que tenga experiencia en defender personas en procedimientos de deportación y que tenga un historial exitoso ante la corte de inmigración.

CÓMO NUESTROS ABOGADOS PUEDEN AYUDARLE

Si usted está en proceso de deportación, necesita un abogado experto que entienda las complejidades de la ley de inmigración y que tenga experiencia en representar clientes ante la corte de inmigración.

Una vez que usted contrata nuestros servicios, un abogado le acompañará a cada audiencia y hablará por usted ante el juez de inmigración. Nosotros le ayudaremos a preparar la mejor defensa para su caso.

Clave para tener éxito ante la corte de inmigración es tener un abogado con experiencia en procesos de deportación. Este proceso es sumamente complicado, por lo que es imprescindible conocer cada detalle de las leyes procesales. Cada pequeño detalle cuenta y un error, por pequeño que sea, puede ser la diferencia entre ganar o perder su caso. Es fundamental contratar un abogado que conozca bien el proceso y las expectativas de cada juez y que tenga suficiente experiencia representando a clientes en este tipo de procesos.

Si ya tiene una orden de deportación en su contra, nuestros abogados pueden ayudarle a reabrir su caso para que presente un recurso de la deportación ante la corte de inmigración. Llámenos hoy al 818-506-0070 para considerar cómo podemos ayudarle a pelear su caso de deportación para que usted pueda quedarse en Estados Unidos con su familia.

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